Notarius
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El notario apostólico era la persona pública que daba fe o autentificaba los documentos y tenía a su cargo la escrituración de las actuaciones civiles, criminales, económicas y patrimoniales de una diócesis eclesiástica. Originados ya en el siglo iii, a semejanza de las instituciones civiles vigentes en el Imperio romano, tenían el carácter de notarios públicos, pero con designación papal, por lo que también eran conocidos como notarios papales o pontificios. Desde tiempos de Graciano, al extenderse la jurisdicción episcopal, según recogían las decretales, a todo tipo de negocios civiles en los que intervenía el juramento (matrimonio, cartas de dote, testamentos...) los notarios eclesiásticos extendieron también sus competencias a todos esos ámbitos y, finalmente, cualquier causa en la que
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A notarius is a public secretary who is appointed by competent authority to draw up official or authentic documents (compare English "notary"). In the Roman Catholic Church there have been apostolic notaries and even episcopal notaries. Documents drawn up by notarii are issued chiefly from the official administrative offices, the chanceries; secondly, from tribunals; lastly, others are drawn up at the request of individuals to authenticate their contracts or other acts.
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Een notarius is een publiek secretaris die door een bevoegde autoriteit is aangewezen om authentieke documenten op te stellen. De functie van notarius is ontstaan in de nadagen van het Romeinse Rijk. Met de toenemende bureaucratisering van de pauselijke curie is dezelfde functie overgenomen in de Katholieke Kerk. Ten slotte ontstond dezelfde functie in de kanselarij van wereldlijke heersers. Zo was Galbert van Brugge notarius van de graaf van Vlaanderen. Op een gegeven moment ontstond de praktijk dat ook particulieren hun belangrijke akten lieten opstellen door een notarius in dienst van een kanselarij. Hieruit is het notarisambt ontstaan.
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Notario apostólico
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Notarius
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Notarius (titulatuur)
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El notario apostólico era la persona pública que daba fe o autentificaba los documentos y tenía a su cargo la escrituración de las actuaciones civiles, criminales, económicas y patrimoniales de una diócesis eclesiástica. Originados ya en el siglo iii, a semejanza de las instituciones civiles vigentes en el Imperio romano, tenían el carácter de notarios públicos, pero con designación papal, por lo que también eran conocidos como notarios papales o pontificios. Desde tiempos de Graciano, al extenderse la jurisdicción episcopal, según recogían las decretales, a todo tipo de negocios civiles en los que intervenía el juramento (matrimonio, cartas de dote, testamentos...) los notarios eclesiásticos extendieron también sus competencias a todos esos ámbitos y, finalmente, cualquier causa en la que interviniese un notario pontificio acabó siendo reputada como comprendida dentro del ámbito eclesiástico. El primero de ellos, el primicerius, ocupaba un lugar destacado en la cancillería pontificia y formaba parte del gobierno de la Iglesia con sede vacante. En España comenzaron a actuar en el siglo xiv y podían ser designados por el mismo papa o por su legado. Debían pertenecer al estamento eclesiástico, pero –a diferencia de los notarios episcopales- no podían ser sacerdotes consagrados, pues el derecho canónico prohíbe a los clérigos actuar como escribientes, y someterse a un examen. En este caso no necesariamente quedaban adscritos a una diócesis, al contrario de lo que ocurría cuando el notario apostólico era nombrado por un obispo por delegación papal. En la Edad Moderna, al quedar definitivamente deslindadas las competencias de los notarios públicos eclesiásticos y los de nombramiento real o concejil, el notario eclesiástico perdió mucho del poder acumulado en siglos anteriores. Así, por ejemplo, al crearse el oficio en Granada, tras la conquista por los Reyes Católicos, al notario apostólico de su catedral se le asignó un sueldo de diez mil maravedíes anuales, por debajo del que percibían el sacristán y el campanero y al mismo nivel del organista. El Concilio de Trento, por su parte, colocó a los notarios apostólicos bajo la autoridad de los obispos, incluidos los notarios laicos de designación papal, a los que podían prohibir actuar en causas eclesiásticas y trabajar en ámbitos religiosos. También el Concilio validó y generalizó lo que venía siendo una práctica extendida, por la que se privilegiaba a los dominicos como examinadores para los nombramientos. Cortes y reyes dictaron también normas tratando de controlar precisamente a los notarios eclesiásticos de nombramiento papal que, por no estar incardinados en una diócesis y sujetos a un obispo, actuaban con notoria libertad y eran acusados de muchos abusos. Felipe II dictó medidas con ese objetivo, imponiéndoles, entre otras obligaciones, el conocimiento del latín, inscribirse en un libro de matrícula, o llevar sus registros en orden y en libros encuadernados, e imponía penas que podían llegar a los diez años de galeras a los infractores, aunque la eficacia de tales medidas siempre fue limitada. Pedro Rodríguez de Campomanes, fiscal del Consejo de Castilla, atendiendo a las quejas que le llegaban —incluso de procedencia episcopal— por su elevado número y las irregularidades en que incurrían, constató que solo en Castilla y León y aún a falta de tres de sus diócesis y muchas abadías y prioratos, había 8790 notarios apostólicos, lo que determinó la publicación de la real cédula de 18 de enero de 1770 por la que se obligaba a los notarios eclesiásticos a examinarse en el Consejo de escribanos reales y obtener el fiat de la notaría del reino, se rechazaban los nombramientos que llegasen de Roma o los que designase el nuncio y únicamente se admitía, para las causas criminales en las que estuviese implicado un eclesiástico, el nombramiento de un notario ordenado sacerdote sin nombramiento de notario con ejercicio en el reino.
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A notarius is a public secretary who is appointed by competent authority to draw up official or authentic documents (compare English "notary"). In the Roman Catholic Church there have been apostolic notaries and even episcopal notaries. Documents drawn up by notarii are issued chiefly from the official administrative offices, the chanceries; secondly, from tribunals; lastly, others are drawn up at the request of individuals to authenticate their contracts or other acts. The title and office existed in the bureaucracy of the Christianised Roman Empire at the Imperial Court, where the college of imperial notaries were governed by a primicerius. From the usage in the Emperor's representative in the West, the Exarch of Ravenna, the post and title was applied in the increasingly complicated bureaucracy of the Papal curia in Rome. There were notarii attached to all the episcopal see, whence they passed into use in the royal chanceries. All these notarii were in minor orders. As the ex officio head of the papal chancery, the primicerius of the notaries was an important personage. During a vacancy of the papal chair, he formed part of the interim government, and a letter in 640 is signed (the pope being elected but not yet consecrated) by one "Johannes, primicerius and serving in the place of the holy apostolic see". There were formerly apostolic notaries and even apostolic prothonotaries commissioned by papal letters, whose duty it was to receive documents in connection with benefices, foundations, and donations in favor of churches, the wills of clerics and other affairs to which the ecclesiastical hierarchy was an interested party. The title no longer exists; the only ecclesiastical notaries at present are the officials of the Roman and episcopal curiae.
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Een notarius is een publiek secretaris die door een bevoegde autoriteit is aangewezen om authentieke documenten op te stellen. De functie van notarius is ontstaan in de nadagen van het Romeinse Rijk. Met de toenemende bureaucratisering van de pauselijke curie is dezelfde functie overgenomen in de Katholieke Kerk. Ten slotte ontstond dezelfde functie in de kanselarij van wereldlijke heersers. Zo was Galbert van Brugge notarius van de graaf van Vlaanderen. Op een gegeven moment ontstond de praktijk dat ook particulieren hun belangrijke akten lieten opstellen door een notarius in dienst van een kanselarij. Hieruit is het notarisambt ontstaan. Tegenwoordig kent alleen de Katholieke Kerk nog een notarius. De functie van notarius is geregeld in artikel 1437 van het Kerkelijk Wetboek. Elke kerkelijke rechtbank heeft een notarius wiens handtekening nodig is om een vonnis rechtskracht te geven.
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