Congress of Durango
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The Congress of the State of Durango (Spanish: Congreso del Estado de Durango) is the unicameral legislative branch of the government of the Mexican State of Durango. The Congress is the governmental deliberative body of Baja California, which is equal to, and independent of, the executive. The Congress is unicameral and consists of 25 deputies. Deputies are elected to serve for a three-year term. The Congress convenes in Durango City, the capital city of the state of Durango.
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El Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Durango es el órgano legislativo el estado de Durango, en México. Este tiene la organización y el funcionamiento que establece la Constitución Política del Estado, su Ley Orgánica y los reglamentos que se deriven de la misma. La actual LXVIII Legislatura inició sus funciones el 31 de agosto de 2018, integrada con 25 diputados electos en votación popular y directa de los ciudadanos del Estado; de los cuales 15 fueron elegidos conforme al principio de votación de mayoría relativa y 10 por el principio de representación proporcional.
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Congress of Durango
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Congreso del Estado de Durango
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The Congress of the State of Durango (Spanish: Congreso del Estado de Durango) is the unicameral legislative branch of the government of the Mexican State of Durango. The Congress is the governmental deliberative body of Baja California, which is equal to, and independent of, the executive. The Congress is unicameral and consists of 25 deputies. Deputies are elected to serve for a three-year term. The Congress convenes in Durango City, the capital city of the state of Durango.
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El Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Durango es el órgano legislativo el estado de Durango, en México. Este tiene la organización y el funcionamiento que establece la Constitución Política del Estado, su Ley Orgánica y los reglamentos que se deriven de la misma. El primer Congreso Constitucional del Estado, se creó en los años de 1826 y 1827. Realizando de este modo un decreto para nombrar a los diputados que decía: “sean llamados por el Poder Ejecutivo para formar las Juntas Preparatorias de ambas cámaras, los individuos que tienen la mayoría de votos conforme a la regulación que han presentado las comisiones, quienes les señalarán el día de la primera junta y el local para celebrarse”. El mismo Poder Ejecutivo remitirá dichas Juntas Preparatorias los expedientes que sean articulados en las actas, para que deliberen conforme al artículo 37 de la Constitución y los artículos 4 y 6 del reglamento interior. Se llevó la votación ya que los que registraron el mayor número de votos serían diputados y los restantes suplentes. Quedando constituido por 12 diputados propietarios y 7 suplentes, el 20 de julio de 1827. La actual LXVIII Legislatura inició sus funciones el 31 de agosto de 2018, integrada con 25 diputados electos en votación popular y directa de los ciudadanos del Estado; de los cuales 15 fueron elegidos conforme al principio de votación de mayoría relativa y 10 por el principio de representación proporcional.
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