Cannabis in Chile
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Cannabis in Chile is illegal for all production and public consumption, though private at-home consumption, grow and selling is allowed for medical use. It is widely consumed, with the highest per-capita use in Latin America. In 2014 Chile began clinical trials on medical marijuana, and in 2015 a decriminalization bill successfully passed the lower house of the Chilean Congress.
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En 2016, el Congreso Nacional de Chile aprobó un proyecto de ley que despenaliza el autocultivo de marihuana, así como también su consumo privado con fines espirituales, medicinales y recreativos. La Ley 20.000, promulgada y publicada en febrero de 2005, sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas.El artículo 4 de la ley no prohíbe el consumo personal en privado de ninguna droga en particular: "El que, sin la competente autorización posea, transporte, guarde o porte consigo pequeñas cantidades de drogas productoras de dependencia física o psíquica, o de materias primas que sirvan para obtenerlas, será castigado con un mínimo de 541 días y hasta cinco años, a menos que justifique que están destinadas a la atención de un tratamiento médico o a su uso o consumo
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Cannabis in Chile
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Cannabis en Chile
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Cannabis in Chile is illegal for all production and public consumption, though private at-home consumption, grow and selling is allowed for medical use. It is widely consumed, with the highest per-capita use in Latin America. In 2014 Chile began clinical trials on medical marijuana, and in 2015 a decriminalization bill successfully passed the lower house of the Chilean Congress.
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En 2016, el Congreso Nacional de Chile aprobó un proyecto de ley que despenaliza el autocultivo de marihuana, así como también su consumo privado con fines espirituales, medicinales y recreativos. La Ley 20.000, promulgada y publicada en febrero de 2005, sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas.El artículo 4 de la ley no prohíbe el consumo personal en privado de ninguna droga en particular: "El que, sin la competente autorización posea, transporte, guarde o porte consigo pequeñas cantidades de drogas productoras de dependencia física o psíquica, o de materias primas que sirvan para obtenerlas, será castigado con un mínimo de 541 días y hasta cinco años, a menos que justifique que están destinadas a la atención de un tratamiento médico o a su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo", siendo esto último interpretable a criterio de cada juzgado. La ley penaliza el consumo en grupos. Pero aunque la ley no prohíbe el consumo personal y privado de ninguna sustancia adictiva, el porte para uso personal puede ser sancionado con multas menores, la obligación de realizar trabajos comunitarios, o someterse a programas de rehabilitación monitoreados por el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol (SENDA).
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